Hasta ocho años de trabajos restaurativos cumplirán exmilitares sancionados por la JEP

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió su segunda sentencia de fondo y condenó a 12 exintegrantes del Batallón de Infantería La Popa, en Valledupar Cesar, por su responsabilidad en el asesinato y desaparición de 135 civiles entre 2002 y 2005, presentados ilegalmente como guerrilleros o paramilitares muertos en combate.

A diferencia de otros procesos, los sancionados aceptaron los cargos y recibieron la pena más alta dentro del sistema de justicia transicional: ocho años de sanción propia en proyectos de memoria, reparación y dignificación de las víctimas. Los exmilitares deberán trasladar su lugar de residencia y cumplir labores de construcción, adecuación e infraestructura en escenarios definidos junto con las comunidades víctimas. Entre ellos: Plan integral de memoria para la Costa Caribe, obras en un centro de armonización del pueblo kankuamo, que incluyen adecuación de vías y restauración de bosque seco tropical, participación en un centro cultural de memoria del pueblo Wiwa.

Fortalecimiento de espacios urbanos y rurales del Consejo Comunitario Kusuto Ma Gende, construcción de una casa multipropósito para la memoria de víctimas individuales, adecuación de un Parque Memorial dentro del Batallón La Popa y en otras ciudades y trabajos en la casa cultural del consejo afro José Prudencio Padilla.

Además, deberán participar en la construcción de un mausoleo de la memoria en Valledupar, con 700 osarios y lápidas con los nombres de las víctimas.

Diferencias en las sanciones

La JEP aclaró que, debido al tiempo que algunos de los exmilitares ya pasaron en prisión, las sanciones serán diferenciadas: varios deberán cumplir cinco o seis años, mientras otros completarán siete u ocho.

Entre los condenados figuran Hernán Gómez Naranjo, Guillermo Gutiérrez Riveros, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, Elkin Leonardo Burgos, Eduart Álvarez Mejía, José de Jesús Rueda Quintero, Carlos Andrés Lora Cabrales, Yeris Andrés Gómez Coronel, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Alex José Mercado Sierra y Elkin Rojas.

La sentencia concluye que los crímenes de La Popa no fueron hechos aislados, sino parte de un patrón sistemático de asesinatos de civiles para inflar los resultados militares. La presión institucional por bajas en combate y las alianzas con grupos paramilitares fueron determinantes en la comisión de estos delitos.

Los altos mandos militares de la época no hacen parte de esta decisión, pues no han reconocido responsabilidad y enfrentan juicios en la Sección de Ausencia de Reconocimiento, donde se exponen a penas de hasta 20 años de prisión.


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