La Procuraduría General de la Nación emitió las Directivas 006 y 007 de 2022, en las que solicitó a los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Agricultura y Desarrollo Rural, a las corporaciones autónomas, y al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), entre otras entidades, ejercer control y vigilancia a las actividades ganaderas en las áreas de los parques naturales nacionales y regionales.
El Ministerio Público exhortó al ICA para que suspenda y cancele de manera inmediata los registros sanitarios de predios pecuarios dedicados a la ganadería localizados al interior de las áreas protegidas, ante el incumplimiento de la normativa de uso de suelo y las restricciones y prohibiciones ambientales.
De igual manera, deberá establecer la forma de reducir los inventarios en los predios hasta llegar a su total eliminación, priorizando los que tengan más de 80 cabezas, hacer seguimiento y usar medidas sancionatorias en caso de que se evidencia continuidad en la actividad.
El órgano de control conminó a Parques Nacionales Naturales y a las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible a que inicien los procesos sancionatorios por concepto de desarrollos ganaderos, para lo que deberán garantizar la custodia y destino final de los animales decomisados.
Adicionalmente, deberán establecer si los predios fueron objeto de quemas o talas, con el fin de presentar los informes penales correspondientes a la Fiscalía General de la Nación; y en conjunto con otras entidades públicas celebrar acuerdos con los campesinos orientados a la sustitución, reconversión y disminución gradual de este uso.
La Procuraduría instó al Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible para que determine los sistemas productivos que sean compatibles con la función de servicios ambientales de las áreas protegidas objeto de la directiva, de manera que se permita a las comunidades con arraigo una alternativa viable.
La Procuraduría Delegada para Asuntos Penales fortalecerá el seguimiento a los casos que cursan ante autoridades judiciales y priorizarán los relacionados con las áreas protegidas localizados en la Amazonía, sin excluir otras zonas del país.
Así mismo, se pidió a todos los destinatarios de la comunicación que, conforme a sus competencias, establezcan mecanismos de control que permitan identificar el ganado proveniente de zonas deforestadas e impedir su introducción en la cadena de suministro, sin importar la fase de producción.
Recomendó establecer una Mesa Nacional de Seguimiento a la presente directiva, que liderará la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, y que deberá reunirse periódicamente para evaluar los avances y el cumplimiento de lo dispuesto.
Fortalecer gestión en procesos
sancionatorios ambientales
A través de la Directiva 007, la Procuraduría pidió a las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible fortalecer la gestión en el trámite de procesos ambientales, mediante mecanismos estratégicos y eficientes que permitan darle celeridad a las investigaciones y la imposición de medidas preventivas cuando fuera el caso.
La entidad señaló que las medidas preventivas se deben aplicar bajo el marco legal establecido y que el destinatario o autoridad se encargará de su cumplimiento; asimismo, que las mismas no tendrán carácter permanente y que le corresponde a la autoridad ambiental expedir el acto administrativo para levantarlas.
