
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP (SDSJ) revocó la aceptación de sometimiento del exsenador Julio Alberto Manzur Abdala al no presentar un compromiso claro de aporte a la verdad en torno al conflicto armado y lo excluyó de la Jurisdicción.
Aunque ante la JEP Manzur Abdala firmó un compromiso claro, concreto y programado y asistió a versiones de aporte temprano a la verdad, dichas actuaciones no alcanzaron los estándares exigidos por la Jurisdicción en el caso de terceros y agentes de Estado no integrantes de la fuerza pública.
El documento y las declaraciones del exsenador fueron valorados por la Sala, que encontró que estos aportes no fueron amplios y exhaustivos, a la vez que no superaron lo probado en la jurisdicción ordinaria por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, especialmente frente a hechos relacionados con el fenómeno conocido como la parapolítica.
Al respecto, la SDSJ concluyó que los aportes de verdad realizados por Manzur Abdala “no son relevantes”, “denotan falta de seriedad y de compromiso con el Sistema” y “carecen de total relevancia al no sobresalir frente a la necesidad de conocer nuevos hechos ocurridos en el marco del conflicto armado o que permitan esclarecer todo o parte de ellos, de establecer máximos responsables o identificar patrones de macrocriminalidad; por el contrario, sus atestaciones frente a los hechos que son materia de investigación, solo denotan conductas tendientes a exculpar y soslayar su responsabilidad penal”.
Manzur Abdala será excluido de la JEP y su proceso continuará en la justicia ordinaria.
