Redacción: laregional.net- El Consejo de Estado ha emitido una sentencia que establece que las transmisiones televisivas de las sesiones del Consejo de Ministros no han violado normas sobre reserva legal. La decisión judicial confirma una sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Caldas, que determinó que no se pudo establecer que las sesiones transmitidas por televisión tuvieran por finalidad la confidencialidad de los temas tratados.
El presidente Gustavo Petro celebró la decisión judicial, afirmando que se restablece la democracia y se evita la censura al Gobierno. La sentencia se dio en respuesta a una demanda que invocaba el artículo 9 de la Ley 63 de 1923, que establece que las sesiones del Consejo de Ministros son absolutamente reservadas.

Sin embargo, los magistrados no encontraron pruebas documentales que confirmen la convocatoria formal de un Consejo de Ministros en el que se hayan tratado temas sometidos a confidencialidad. La decisión judicial destaca que no hay actas, órdenes del día ni registros sobre debates o decisiones tomadas en la reunión en cuestión.
El Gobierno ha defendido la transmisión de estos encuentros, argumentando que buscan garantizar transparencia y fortalecer el derecho de los ciudadanos a conocer las decisiones que se toman en la administración pública.