Las dos aspirantes a vicepresidentas fueron demandadas por doble militancia

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El caso de Ángela María Robledo y Marta Lucia Ramírez tienen algo en común, ya que en sus intenciones de aspirar a la vicepresidencia del país, fueron demandadas por presunta doble militancia.

El caso de Ramírez, quien primero se presentó a las elecciones por un numeroso grupo de ciudadanos, llegó a presentarse después por el partido Centro Democrático. Robledo, por su parte, no renunció al partido Alianza Verde un año antes de inscribirse como fórmula del Gustavo Petro.

Pese a ello, el Consejo de Estado negó la demanda que solicitaba la nulidad de la elección de la vicepresidenta, y su vez, se encuentra a punto de fallar en el caso de la congresista, quien terminaría perdiendo su curul que ocupa en la cámara de representantes. El caso al parecer tiene la misma similitud, pero con diferentes circunstancias.

La norma señala claramente la doble militancia como inapropiada, “en ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político”, la demanda contra Marta Lucía Ramírez argumentaba que ella se inscribió para participar en las elecciones presidenciales por el movimiento ‘Por una Colombia Honesta’ pero después terminó siendo candidata a la vicepresidencia por el partido Centro Democrático.

El Consejo de Estado argumentó que la razón para no interpretar que Ramírez incurrió en doble militancia fue por haber apoyado al candidato vencedor en las pasadas elecciones presidenciales. A su vez aclaró que de no respetar los resultados de la contienda no corresponde al verdadero espíritu de la norma, que prohíbe representar a otro movimiento o partido en un mismo proceso electoral.

También, al negar la demanda, esta corte aclaró que Marta Lucía Ramírez se presentó a la consulta como precandidata presidencial y posteriormente como candidata a la vicepresidencia de la República, lo que significa que no participó en las dos votaciones aspirando al mismo cargo.

Por otro lado, para el caso de Robledo, según los demandantes debía renunciar a su curul por el Partido Verde dentro de los 12 meses anteriores a su inscripción como candidata a la Vicepresidencia de la República, pero lo hizo de forma tardía. A lo que ella argumenta en su defensa que la prohibición de la doble militancia para presidencia y vicepresidencia no está consagrada en la Constitución porque ésta no exige a los congresistas renunciar un año antes de la inscripción para presentarse como candidatos a la presidencia o la vicepresidencia.

Como ejemplo menciona que Iván Duque no tuvo que renunciar al Senado para ser candidato presidencial. Y asegura que la curul que hoy ocupa no es producto de una elección sino de un “derecho personal” consagrado en la Constitución y en el estatuto de la oposición. Por el momento la decisión del Consejo de Estado hacia la congresista se conocerá la próxima semana.

 

 


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