El mandatario colombiano realizará un viaje el próximo fin de semana a territorio de El Salvador, para asistir a la posesión del presidente Nayib Armando Bukele Ortez, por lo que sus funciones serán reemplazadas por Guillermo Botero, Ministro de Defensa.
Duque asistirá al país centroamericano los días 31 y 1 de junio, para hacer acto de presencia en el protocolo del nuevo presidente de ese país. Por ello, Botero asumirá las funciones presidenciales debido al decreto 920 de 2019, que asigna de manera temporal algunas funciones al Ministro.
Cabe recordar que la suplencia del mandatario sería por el Ministro del Interior, pero para este viaje, Nancy Patricia Gutiérrez acompañará al mandatario colombiano.
Botero, quien ha sido bastante cuestionado en los últimos días por lo relacionado con el ejército en las revelaciones de NYT, ha sido citado en las próximas horas a un debate donde tendrá que pronunciarse acerca del caso del exguerrillero asesinado por militares en el Catatumbo.
Algunas de las funciones que asumirá Botero serán; “Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado”, “dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas”, “dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente”.
De igual manera podrá solicitar trámites urgentes a leyes del congreso, sancionar leyes y permitir el tránsito de tropas extranjeras en caso de ser necesario.
No obstante, el artículo 196 de la Cara Política es mucho más específico. “Cuando el presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el presidente le delegue, tanto aquellas que le son propias como las que ejerce en su calidad de jefe del Gobierno. El ministro delegatario pertenece al mismo partido o movimiento político del presidente”.
El orden de precedencia legal al que se refiere ese artículo está en la Ley 1444 de 2011. Como dice el mismo decreto que delega funciones presidenciales a Botero, el artículo 17 de dicha norma establece, en su orden, al Ministerio del Interior (por eso, quien esté en este cargo asume, por lo general, las funciones ante la ausencia del presidente), Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Justicia y del Derecho y Ministerio de Defensa, en el quinto lugar. Continúan el Ministerio de Agricultura hasta el Ministerio de Cultura, que está en el último lugar. Fuente de consulta, El Espectador.
