Veolia Sabana responde a sentencia e inicia  mantenimiento de hidrantes en Magangué

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Acatando a cabalidad lo ordenado por el tribunal administrativo de Bolívar mediante sentencia del 5 de septiembre de 2022, Veolia Sabana, ofreció un balance de la labor que se viene realizando referente al mantenimiento de los hidrantes del municipio de Magangué, incluyendo aquellos que se encontraban fuera de funcionamiento y del inventario activo de bienes afectos.

Si bien la empresa tiene sus razones por las cuales considera que la responsabilidad frente al mantenimiento de todos los hidrantes, no es en términos absolutos, teniendo en cuenta los alcances establecidos en el contrato de operación.

La empresa respeta las decisiones de las autoridades, y en tal sentido, viene garantizando el cumplimiento de lo ordenado por el tribunal.

Recientemente, la Cámara de Comercio de Magangué, instauro Acción de Cumplimiento ante el  Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Cartagena en protección al Decreto 302 de 2000 “Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, en materia de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado”, sentencia de primera instancia resuelta por el juzgado en mención declarada improcedente, la misma fue objeto de recurso de impugnación y elevada a segunda instancia ante el Tribunal Administrativo de Bolívar Sala de Decisión N° 005 en Sentencia N° 51/2022 de 5 de septiembre de la anualidad, resolviendo los colegiados del alto tribunal  exigir a la empresa Veolia S.A que “… Se ordena a Veolia S.A. – Aguas de la Sabana S.A. E.S.P., que, dentro del término de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, inicie las labores de mantenimiento y conservación de los hidrantes públicos ubicados en el municipio de Magangué Bolívar”, la cual deberá culminar a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes; sin perjuicio de que lo continúe haciendo con posterioridad ateniendo las necesidades que surjan por virtud de la detección de daños, escapes y defectos en las condiciones de funcionamiento de dichos hidrantes…”

Esta decisión judicial es de gran importancia para el sector comercial, desarrollo de infraestructura del servicio público de acueducto y alcantarillado, fortalecimiento del riesgo de mitigación desastre y la actividad bomberil en el municipio, para la protección del sector comercial y la población en general de Magangué, teniendo presente que en los últimos meses se han generado varios incendios en el municipio los cuales no han podido ser atendidos de manera adecuada por la ausencia de todo el sistema que requieren para optimizar un sistema de atención de desastre por incendios.

 


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