
El Consejo de Estado confirmó la improcedencia de la acción de tutela que presentó el alcalde de Sincelejo, Andrés Gómez Martínez.
La decisión fue tomada tras ese tribunal resolver la impugnación de la sentencia del 8 de septiembre de 2022, emitida por la Subsección B de esa misma entidad, la cual negó el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la participación política y de acceso a la administración de justicia, que solicitó el mandatario en la tutela, con la que busca defenderse de la decisión que le anuló la elección tras revocar la orden emitida, en fallo de primera instancia, por el Tribunal Administrativo de Sucre, que negó las pretensiones de la demanda.
Cabe recordar que la primera instancia negó la tutela por varias razones, entre esa, que Gómez Martínez no agotó el procedimiento ordinario “dentro del asunto que fundamentó la interposición de la acción de tutela, pues tenía la posibilidad de intervenir dentro del proceso, en procura de la defensa de sus intereses”, dice la Sección Segunda.
Otras razones más fueron confirmadas por la Sección Segunda- Subsección A, a la vez que también ratificó esa doble militancia del alcalde la cual terminó con la anulación de su elección.
