Por: Maye Rodríguez
La propuesta del candidato a la Presidencia, Rodolfo Hernández, de declarar Estado de Conmoción Interior, una vez llegue a la Casa de Nariño, ha generado controversias, ya que más allá de ser una estrategia para acabar con la corrupción, como lo afirma Hernández, pone en peligro la democracia y las libertades en el país.
Sin embargo, Hernández asegura que el objetivo es “conjurar las causas que atentan gravemente contra la estabilidad institucional y hacen peligrar la convivencia ciudadana originadas en la endemia en que se ha convertido la corrupción”.
El candidato presidencial ha manifestado que pretende implementar este decreto inicialmente por 90 días como lo establece la ley, pero en esta se establece por lo menos dos prórrogas por el mismo periodo lo que significaría 9 meses en los que el gobierno nacional no necesitaría la aprobación del Congreso para ejecutar leyes y contratos.
Las controversias a esta propuesta, se debe a que el Estado de Conmoción Interior le brinda al jefe de estado facultades que le permiten “pasar por encima” de la ley y lo estipulado en la Constitución Política, además de restringir el libre movimiento de los colombianos e imponer toques de queda.
“Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el estado de conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público”.
El mencionado Estado de Conmoción Interior se encuentra en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991 y según expone la ley esta debería aplicarse en caso grave de perturbación del orden público que “atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias”, se expone en la carta magna.
Este decreto debe contar con el «visto bueno» de todos los ministros del gobierno de turno, sin embargo, dicho requisito no tiene ninguna dificultad ya que el presidente es el encargo de nombrar a estos, por lo que estarían de acuerdo con la decisión que el mandatario de colombianos tome o quiera imponer.
