Juez ratifica salida de la gerente del Hospital de Pivijay, Mayra Castro

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Redacción: laregional.net-Santa Marta

Pese a una solicitud de aclaratoria de la primera decisión del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Pivijay, este ente determinó que la ex gerente del hospital Santander Herrera de Pivijay Mayra Castro Brito, no podrá seguir en el cargo. La ex funcionaria ha utilizado diversas maniobras dilatorias para evitar que se diera esta decisión.

El juez Promiscuo del Circuito de Pivijay ordenó, a inicios de este mes de agosto, suspender la tutela que promovió la propia Castro Brito para regresar a la gerencia del Santander Herrera y “reiniciar el proceso de tutela, previa vinculación y notificación a la Secretaria General de la Gobernación del departamento del Magdalena y/o funcionario administrativo de igual o superior jerarquía, a cuyo cargo esté la recepción de documentos de dicha entidad pública, así como a todas aquellas personas naturales o jurídicas que en su criterio puedan ser responsables por la presunta vulneración de los derechos fundamentales invocados o verse afectados con la decisión de tutela”.

Ante esto, la ahora ex gerente decidió promover un recurso de aclaración con el fin de ganar tiempo. Sin embargo, el juzgado le dejó claro que “de lo plasmado en la parte considerativa de la providencia de calenda 3 de agosto del 2021, se observa que el contenido de la misma es conciso y claro, de ahí que la solicitud de aclaración elevada por la accionante señora Mayra Alejandra Castro Brito sea improcedente”.

Para tomar esta decisión tuvo en cuenta el alegato presentado por la Gobernación del Magdalena, que argumentó que la Corte Constitucional ha sido enfática en manifestar la improcedencia de la aclaración y corrección como medios para variar la decisión adoptada en auto o sentencia.

En su alegato la Gobernación sostuvo que al igual que las sentencias, los autos no pueden ser reformados o revocados por vía de aclaración o corrección, dado que para tales menesteres la institución procesal idónea es la formulación de recursos”

Para la Gobernación del Magdalena “es claro a todas luces que lo pretendido por la actora es que el fallador, a través de la figura de la aclaración revalúe su postura consignada en el auto que decretó la nulidad de la actuación surtida por el Juzgado de primera instancia, puesto que de una lectura básica del documento no se advierte que la promotora de la acción indique un concepto o frase que ofrezca serios motivos de duda, sino que su argumentación va direccionada a cuestionar la orden del Juzgado”.


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