Observaciones al nuevo articulado de reforma a la Ley 30- Por: Jairo Torres

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El pasado 20 de julio, el Ministerio de Educación dio a conocer dos borradores de proyectos de ley; uno, sobre ley estatutaria y el otro, sobre el articulado de reforma a la Ley 30; acerca del segundo y luego de una revisión sistemática, encontramos algunos puntos que merecen la reflexión por parte de los actores del sector:

1. Carece de una definición clara sobre la educación, específicamente, la educación superior; además, el proyecto no establece la relación entre derecho fundamental y bien común, mencionado de forma parcial y declarativa en la Ley estatutaria.

2. Concibe la educación superior alrededor de problemas y solución de estos, no como un proceso incluyente, colectivo, social y cultural; particularmente en la tipología de programas que deben ofertar las instituciones de educación superior.

3. Abandona la regulación del servicio público educativo de las instituciones públicas y privadas; centrándose en la inspección y vigilancia.

4. No establece con claridad el tránsito entre los programas y niveles educativos.

5. Hace énfasis en la formación por competencias y evaluación de resultados del aprendizaje.

6. Fortalece el Cesu concentrando la mayor parte de sus funciones en el Ministerio de Educación.

7. Desmejora la investigación en el proceso formativo a nivel de maestrías, institucionalizándolas a nivel de profundización, suprimiendo el trabajo de investigación como requisito académico y, faculta a la instituciones universitarias y escuelas tecnológicas para ofrecer programas de maestría y doctorado desconociendo la tradición y experiencia investigativa que debe tener este nivel de formación.

8. Continúa el carácter voluntario de los procesos de acreditación y los sistemas internos de evaluación con sus características de ambigüedad.

9. Ausencia de cambios estructurales en los gobiernos universitarios.

10. Pocas garantías para catedráticos y ocasionales; en cuanto a derechos de participación en las decisiones institucionales.

11. No integra las dinámicas y planes de desarrollos territoriales, excluyendo la articulación e integración entre los diferentes «niveles» educativos.

12. En lo relacionado con el régimen financiero, se recogen los elementos de la propuesta del Centro de Pensamiento de la Universidad Nacional y del SUE consignados en el proyecto de reforma de los Artículos 86 y 87 de la Ley 30.

13. Decreta, con poca argumentación, la transición del Icetex hacia un fondo para financiar estudios en el exterior, lo que implica un desmonte gradual del mismo.

14. Excluye el tema de integración regional e internacionalización de la educación superior.

15. No hace referencia a la relación entre la pedagogía y las nuevas tecnologías; en general, la reflexión pedagógica está ausente, no existe ninguna conclusión alrededor de la educación como derecho fundamental y bien común. Es decir, el articulado de reforma a la Ley 30 propone ajustes y no una reforma integral para hacer un cambio en educación superior que permita construir la nación moderna que por décadas hemos postergado. Asimismo, este proyecto de ley estatutaria que propone la educación como un derecho se queda en el plano de una retórica abstracta.

Estamos a tiempo de corregir y avanzar en la construcción de acuerdos entre los actores del sector para construir una reforma a la educación superior desde la diversidad colombiana.


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