Reaparece decreto que podría poner en aprietos al ministro Alberto Carrasquilla

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La polémica generada alrededor de los “bonos agua” o “bonos Carrasquilla” no se detiene; durante varias semanas el actual ministro de Hacienda ha tenido que enfrentar las declaraciones, investigaciones, acusaciones y demás situaciones en su contra, entre las que se exige su renuncia a su actual posición en el gabinete de Gobierno.

Todo lo anterior se deriva de presuntamente haber sacado provecho de su posición como ministro durante el gobierno de Uribe, para enriquecerse a través de una empresa fundada con unos socios.

Como es normal en esta situación, Carrasquilla y sus simpatizantes han formulado toda clase de defensas a su favor para demostrar que las acusaciones por los “bonos agua” son infundadas y su posición como jefe de la cartera de Hacienda no debe ser cuestionada por las acusaciones que han formulado sus opositores.

No obstante, un punto que han destacado fuertemente quienes han emprendido las acusaciones contra el Ministro, es que esto no es una situación de ilegalidad, sino de falta ética por parte del funcionario, ya que la normatividad en la que se prohíbe la llamada “puerta giratoria” no fue expedida sino algunos años más tarde de los hechos por los que se cuestiona a Carrasquilla.

La ley que regula el tema de la puerta giratoria es la 1474 de 2011; sin embargo, en análisis sobre la discusión del caso, varios senadores han recordado la existencia de una antigua norma que resultaría quedar acorde al caso.

Se trata del Decreto 3074 de 1968, en el que se estipula que las personas que hayan ostentado un cargo público, no podrán realizar gestiones ni directas ni indirectas en asuntos sobre los que estuviera a cargo en sus funciones.

“La persona que haya sido empleado público no puede gestionar directa ni indirectamente, a título personal, ni en representación de terceros, en asuntos que estuvieron a su cargo. Durante el año siguiente a su retiro tampoco podrá adelantar gestiones, directa o indirectamente, ni a título personal ni en representación de terceros, ante la dependencia a la cual prestó sus servicios”, explica el decreto que pondría a temblar la posición de Alberto en su defensa.

Las personas que hicieron este descubrimiento anunciaron que esto podría ser utilizado durante el actual debate para demostrar la falta del funcionario, la cual podría conllevar inclusive la moción de censura en su contra. Fuente consultada: revista Semana.

 


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