Niegan a Prodeco renunciar a títulos mineros

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Redacción: Sandra Santiago Barbosa

Soportados en el artículo 108 de la Ley 685 de 2001 que exige  estar al día con las obligaciones contractuales, el Gobierno de Colombia a través de la vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera de la Agencia Nacional de Minería (ANM), negó a la empresa minera Prodeco renunciar a los títulos mineros.

De igual modo, declaró inviable la solicitud de la compañía minera que tiene sede en el Cesar y que tras la pandemia por Covid-19 solicitó renunciar a los títulos.

La autoridad minera valoró, revisó técnica, jurídica y económicamente la solicitud de renuncia y concluyó que no es posible dar viabilidad a la solicitud, porque de acuerdo con las normas de minería en el país es un requisito  estar al día con todas las obligaciones contractuales al momento de la renuncia, lo que no cumplió la empresa.

De igual modo, consideró que en relación al título del contrato de concesión No. DKP-141,  existen obligaciones incumplidas que tienen que ver con ‘las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua’, además de no haber aportado los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007.

Es así como, al tener en cuenta el artículo 108 de la Ley 685 de 2001, que habla sobre estar al día con las obligaciones adquiridas contractuales al momento de la renuncia, no prosperó esa solicitud, sin embargo, la Agencia Nacional Minera le dio 10 días hábiles a Prodeco para que presente recurso de reposición o volver a presentar la renuncia.

Con esta decisión, de momento, se pone fin a la situación de las comunidades de la zona que veían que la empresa se iría sin responder por la problemática social, además de violar los derechos laborales de los trabajadores.


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