Redacción: Sandra Santiago Barbosa
Debido al aumento de los contagios por Covid-19, la Alcaldía de Santa Marta emitió el Decreto 059, que restringe la movilidad en esa capital entre las 8:00 de la noche y las 5:00 de la mañana de lunes a domingo.
Las nuevas medidas buscan contener la propagación del virus y tienen vigencia desde el 16 de marzo hasta el 27 del mismo mes.
Es así como se restringe la movilidad tanto de personas como la circulación de vehículos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m., todos los días de la semana.
Los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos estarán abiertos hasta las 7:00 p.m. Son exceptuados de esta medida los servicios domiciliarios, las droguerías, la movilidad de personas que laboran o prestan sus servicios en las actividades y/o labores autorizadas.
Los restaurantes podrán vender a través de plataformas difíciles y domicilios hasta las 11:00 p.m.
De igual modo, el decreto establece la prohibición del expendio y consumo de licor en sitios públicos en todo el territorio urbano y rural de Santa Marta, en el horario comprendido entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana. Sin embargo, se permite la compra de bebidas alcohólicas a través de plataformas digitales y domicilios.
En cuando al ‘pico y cédula’, este comenzará a regir entre el 16 y el 26 de marzo, de acuerdo con último digito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de los ciudadanos de otras nacionalidades, esto para realizar compras o hacer transacciones bancarias y vueltas notariales o judiciales.
