La Sección Quinta del Honorable Consejo de Estado denegó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentada por Álvaro Rico Rivera, coadyuvada por Edgardo José Remeció, demanda con la que pretendían la nulidad del Acuerdo No. 022 del 5 de septiembre de 2017, mediante el cual el Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar designó como rector de la Institución al docente de planta, ingeniero Enrique Alfonso Meza Daza.
En la parte motiva de su sentencia, la Sección Quinta desestima los fundamentos de hecho y de derecho, presentados por el demandante y su coadyuvante, estableciendo que la designación del docente Meza Daza, como rector de la universidad estuvo ajustada a la Constitución, la Ley y principalmente al Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar.
Esta sentencia de nulidad proferida por la Sección Quinta del Honorable Consejo de Estado, máximo Tribunal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el país, una vez ejecutoriada hace tránsito a cosa juzgada, cierra toda posibilidad jurídica de que sea decretada la nulidad del acto administrativo de designación como rector de la Universidad Popular del Cesar al docente Enrique Meza Daza, por lo cual el Acuerdo No. 022 del 5 de septiembre de 2017 goza de plena validez, vigencia y firmeza jurídica.
Cabe recordar que contra dicha sentencia, por ser una decisión de única instancia, no procede recurso alguno, quedando en firme una vez sea notificada.
